Comparativa · Comunidades autónomas
Ceuta vs. Melilla: los dos territorios con fiscalidad especial
Ceuta y Melilla son ciudades autónomas con un régimen fiscal diferenciado del resto de España, fruto de su condición de territorios situados en el continente africano.
IPSI en lugar de IVA
En Ceuta y Melilla no se aplica el IVA sino el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación), con tipos generalmente inferiores. El tipo general del IPSI es del 0,5% al 10% según el producto, frente al 21% del IVA peninsular.
ITP y AJD
Ambas ciudades aplican los tipos estatales mínimos: ITP al 6% y AJD al 0,5%. Son los tipos más bajos del Estado junto con Navarra y País Vasco.
IRPF
Sin tramo autonómico diferenciado propio (aplican el régimen complementario general). Los residentes en Ceuta y Melilla tienen una bonificación del 50% en el IRPF sobre las rentas obtenidas en esas ciudades, lo que supone una ventaja fiscal muy significativa frente al resto del territorio.
Fuente: normativas 2025, art. 68.4 LIRPF. Estimación informativa.
Diferencia fiscal en cifras
Resumen tabular de los cinco tributos cedidos en Ceuta y Melilla con la diferencia en puntos porcentuales.
Los puntos porcentuales (pp) indican la diferencia entre Melilla y Ceuta. Verde = más favorable en Melilla; rojo = menos favorable.
Fichas relacionadas
Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.