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Comparativa · Comunidades autónomas

Ceuta vs. Melilla: los dos territorios con fiscalidad especial

Ceuta y Melilla son ciudades autónomas con un régimen fiscal diferenciado del resto de España, fruto de su condición de territorios situados en el continente africano.

IPSI en lugar de IVA

En Ceuta y Melilla no se aplica el IVA sino el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación), con tipos generalmente inferiores. El tipo general del IPSI es del 0,5% al 10% según el producto, frente al 21% del IVA peninsular.

ITP y AJD

Ambas ciudades aplican los tipos estatales mínimos: ITP al 6% y AJD al 0,5%. Son los tipos más bajos del Estado junto con Navarra y País Vasco.

IRPF

Sin tramo autonómico diferenciado propio (aplican el régimen complementario general). Los residentes en Ceuta y Melilla tienen una bonificación del 50% en el IRPF sobre las rentas obtenidas en esas ciudades, lo que supone una ventaja fiscal muy significativa frente al resto del territorio.

Fuente: normativas 2025, art. 68.4 LIRPF. Estimación informativa.

Diferencia fiscal en cifras

Resumen tabular de los cinco tributos cedidos en Ceuta y Melilla con la diferencia en puntos porcentuales.

Comparativa fiscal entre Ceuta y Melilla en IRPF, ISD, ITP, AJD y Patrimonio (datos vigentes 2025)
TributoCeutaMelillaDiferencia
IRPF autonómico — tipo máximo
último tramo
IRPF autonómico — primer tramo
rentas bajas
ISD — bonificación grupo II
cónyuge, hijos, padres
foralforal
ITP — compraventa inmuebles6 %6 %0.0 pp
AJD — documentos notariales0.5 %0.5 %0.0 pp
Patrimonio — bonificación cuota

Los puntos porcentuales (pp) indican la diferencia entre Melilla y Ceuta. Verde = más favorable en Melilla; rojo = menos favorable.

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Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.