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ITP — Transmisiones Patrimoniales Onerosas

ITP - Transmisiones Patrimoniales Onerosas: modalidad del ITPAJD que grava las transmisiones onerosas de bienes y derechos entre particulares (no las realizadas entre empresarios en el ejercicio de su actividad, que tributarian por IVA).

Cuando aplica

Los supuestos mas frecuentes son la compraventa de inmuebles de segunda mano (vivienda usada) y la compraventa de vehiculos usados entre particulares. Es un tributo cedido a las CCAA, que fijan los tipos sobre los minimos estatales: en inmuebles oscilan entre el 6% (Madrid, Pais Vasco) y el 10% (Comunitat Valenciana, Cataluna, Galicia) en 2025. La base imponible es el valor real del bien transmitido (desde 2022, el valor de referencia catastral en transmisiones de inmuebles, salvo que el comprobado sea superior).

Norma de referencia

Texto Refundido del ITPAJD (RDLeg 1/1993, articulos 7 a 18) y su Reglamento (RD 828/1995). Articulo 32 Ley 22/2009 de financiacion autonomica. Cada CCAA fija sus tipos en su ley autonomica de medidas tributarias.

Términos relacionados

Base imponibleITP — Operaciones SocietariasImpuesto

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.