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Pagos fraccionados del IS
Anticipos del Impuesto sobre Sociedades que las empresas deben ingresar durante el ejercicio, en tres plazos (modelos 202/222): abril, octubre y diciembre. Existen dos métodos de cálculo: la modalidad estándar (18% de la cuota íntegra del último ejercicio) y la modalidad de base corrida para grandes empresas (17-24% de la base imponible acumulada hasta el tercer, noveno o undécimo mes, menos los pagos ya realizados). Las grandes empresas con cifra de negocios superior a 10 M€ están obligadas a la modalidad de base corrida. Los pagos fraccionados se descuentan de la cuota del IS anual.
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