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Cotización por desempleo (SS)
Cotización a la Seguridad Social destinada a financiar las prestaciones por desempleo (paro) de los trabajadores del Régimen General (los autónomos del RETA no tienen prestación por desempleo ordinaria, aunque sí pueden acogerse al cese de actividad). El tipo en contratos indefinidos en 2025 es del 7,05% sobre la base de cotización: 5,50% a cargo de la empresa y 1,55% a cargo del trabajador. En contratos temporales los tipos son ligeramente superiores. Para causar derecho a la prestación se requiere haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. La duración de la prestación es proporcional a los días cotizados: de 2 meses (360 días cotizados) a 24 meses (2.160 días o más).
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