Régimen General de la Seguridad Social
Regimen General de la Seguridad Social: regimen de la Seguridad Social al que estan obligatoriamente inscritos los trabajadores por cuenta ajena (empleados de empresa, funcionarios publicos asimilados, empleados del hogar, artistas y otros colectivos).
Cuando aplica
Cubre las contingencias comunes (enfermedad, maternidad, paternidad, incapacidad temporal por enfermedad comun), las profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional), el desempleo y la jubilacion. La cotizacion es compartida entre el trabajador y la empresa: en 2025, el trabajador aporta aproximadamente el 6,35% (CC 4,7% + desempleo 1,55% + FP 0,1%) y la empresa el 29,9% (CC 23,6% + desempleo 5,5% + FP 0,2% + FOGASA 0,2% + AT/EP variable, media en torno al 0,6%). Existen regimenes especiales para colectivos no incluidos en el general.
Norma de referencia
Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015). Articulos 136 a 309 sobre Regimen General. Reglamento General sobre Cotizacion (RD 2064/1995). Tipos actualizados anualmente por Orden ministerial de cotizacion.
Términos relacionados
Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.