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Grupos de consolidación fiscal

Conjunto de entidades vinculadas que optan por tributar en el IS como una unidad económica bajo el régimen de consolidación fiscal (art. 58 LIS). La sociedad dominante (que debe residir en España o ser el establecimiento permanente de una no residente) dirige el grupo y presenta la declaración consolidada (modelo 220). Las filiales presentan también su declaración individual (modelo 200), pero la cuota individual se integra en la consolidada. El régimen permite compensar las BIN de unas entidades con los beneficios de otras en tiempo real y eliminar las operaciones intragrupo para calcular la base imponible consolidada.

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