iva
Régimen simplificado del IVA
Régimen especial del IVA para pequeños empresarios y autónomos cuyas actividades están incluidas en la Orden ministerial de módulos y cuyo volumen de operaciones no supera los límites fijados (art. 122 LIVA). Las cuotas a ingresar se calculan aplicando módulos predeterminados (por empleados, mesas, kilómetros, etc.) en lugar del IVA repercutido real. El IVA a ingresar es la diferencia entre el calculado por módulos y el IVA soportado en compras. Se aplica conjuntamente con el régimen de estimación objetiva en el IRPF. Está prevista su supresión progresiva.
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