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Requerimiento tributario

Comunicación de la Administración tributaria al obligado tributario o a terceros para que aporten información, documentación o comparezcan ante los órganos tributarios (art. 87 LGT). Los requerimientos individualizados a terceros (bancos, notarios, etc.) solicitan información sobre operaciones con clientes específicos. El requerimiento interrumpe la prescripción del tributo al que se refiere. La falta de atención a un requerimiento en plazo puede constituir infracción tributaria leve o grave según el caso. Los requerimientos previos de información (antes de la liquidación) tienen efectos sobre la reducción de sanciones aplicables.

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