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Retenciones a no residentes en el IS
Cuando una empresa española paga dividendos, intereses, cánones o rentas a entidades no residentes sin establecimiento permanente en España, debe practicar una retención a cuenta del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes). El tipo general de retención es del 19% para dividendos e intereses pagados a países de la UE/EEE, y del 24% para el resto. Los convenios de doble imposición pueden reducir o eliminar esta retención. La retención la ingresa la empresa pagadora mediante el modelo 210, y el no residente puede presentar una declaración para obtener la devolución del exceso retenido sobre el tipo convenido.
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