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Impuestos municipales en Candelario

Salamanca · Castilla y León · 832 hab. · código INE 37078

El IBI urbano en Candelario se cobra al 0,80 % del valor catastral en 2026. Una vivienda con un valor catastral de 60.000 € paga en torno a 480 al año antes de bonificaciones. Está 0,23 puntos por encima de la media de los municipios de Salamanca (0,57 %), lo que sobre esos mismos 60.000 € de valor catastral son 136 € al año de diferencia. En el conjunto de Salamanca ocupa el puesto 10 de 361 por tipo del IBI, de mayor a menor: hay 9 municipios que cobran más y 351 que cobran menos.

IBI urbano 2026
0,80 %
sobre el valor catastral
Recibo orientativo
480
valor catastral 60.000
IVTM turismo 8-11,99 CV
43
cuota anual 2026
ICIO 2026
2,40 %
sobre el coste de la obra

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Candelario

El IBI grava la titularidad o el usufructo de un inmueble y lo cobra el Ayuntamiento una vez al año. El tipo se aplica sobre el valor catastral, no sobre el precio de mercado. La ley fija la horquilla: entre el 0,4 % y el 1,1 % en urbanos y entre el 0,3 % y el 0,9 % en rústicos, ampliable en municipios que prestan más servicios o que han revisado sus valores catastrales.

Tipos de gravamen del IBI en Candelario, ejercicio 2026
Naturaleza del inmuebleTipo 2026Cuota con VC de 60.000
Urbano0,80 %480
Rústico0,72 %432
Características especiales0,80 %480

La cuota de la tercera columna es el resultado de aplicar el tipo a un valor catastral de 60.000 €, elegido como referencia común para poder comparar municipios. No incluye bonificaciones (familia numerosa, VPO, autoconsumo eléctrico) ni recargos por inmueble desocupado, que fija cada ordenanza.

Media de los municipios de Salamanca: 0,57 %. Media de los 7.391 municipios de régimen común: 0,60 %. Ver el ranking completo →

Impuesto de circulación (IVTM) en Candelario

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica lo paga cada año quien figura como titular en el permiso de circulación a 1 de enero. La cuota depende de la potencia fiscal en caballos, de las plazas o de la carga útil según el tipo de vehículo, y nunca del valor del coche. La ley fija una cuota mínima estatal que el Ayuntamiento puede multiplicar por un coeficiente de hasta 2.

Cuotas anuales del IVTM en Candelario, ejercicio 2026
VehículoCuota anual 2026
Turismos
Menos de 8 caballos fiscales16
De 8 a 11,99 caballos fiscales43
De 12 a 15,99 caballos fiscales90
De 16 a 19,99 caballos fiscales112
De 20 caballos fiscales en adelante140
Ciclomotores y motocicletas
Ciclomotores6
Motocicletas hasta 125 cc6
Motocicletas de 125 a 250 cc9
Motocicletas de 250 a 500 cc19
Motocicletas de 500 a 1.000 cc38
Motocicletas de más de 1.000 cc76
Camiones
Menos de 1.000 kg de carga útil53
De 1.000 a 2.999 kg104
De 2.999 a 9.999 kg148
Más de 9.999 kg185
Autobuses
Menos de 21 plazas104
De 21 a 50 plazas148
Más de 50 plazas185
Tractores
Menos de 16 caballos fiscales22
De 16 a 25 caballos fiscales35
Más de 25 caballos fiscales104
Remolques y semirremolques
De 750 a 1.000 kg de carga útil22
De 1.000 a 2.999 kg35
Más de 2.999 kg104

Cuotas anuales íntegras del ejercicio 2026, sin bonificaciones. Muchos ayuntamientos bonifican los vehículos históricos, los eléctricos y los de más de 25 años; la bonificación concreta está en la ordenanza fiscal del municipio.

Plusvalía municipal (IIVTNU) en Candelario

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana grava la revalorización del suelo al vender, heredar o donar un inmueble urbano. Desde el RDL 26/2021 el contribuyente elige entre el método objetivo, con coeficientes sobre el valor catastral del suelo, y la plusvalía real. Si no hubo ganancia, no hay impuesto. Calcular la plusvalía municipal por los dos métodos →

El tipo de gravamen de la plusvalía municipal de Candelario no consta en el portal de tipos impositivos del Ministerio de Hacienda, que dejó de recogerlo tras la reforma del RDL 26/2021. Está en la ordenanza fiscal del Ayuntamiento. El máximo legal es el 30 %.

Impuesto sobre construcciones y obras (ICIO) en Candelario

El ICIO se paga al hacer cualquier obra que necesite licencia urbanística: una reforma, una piscina, una vivienda nueva. La base es el coste real y efectivo de la obra, sin contar el IVA, los honorarios del proyecto ni el beneficio del contratista. El tipo máximo que permite la ley es el 4 %.

Tipo del ICIO en Candelario, ejercicio 2026
ConceptoTipo 2026Cuota en una obra de 30.000 €
Tipo de gravamen2,40 %720

La cuota no incluye la tasa por licencia urbanística, que es un tributo distinto y se liquida aparte.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en Candelario

El IAE grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas, pero solo lo pagan los contribuyentes con una cifra de negocios igual o superior a un millón de euros: autónomos y pymes están exentos. Sobre la cuota de tarifa el municipio aplica un coeficiente de situación según la categoría de la calle, entre 0,4 y 3,8.

Coeficientes de situación del IAE en Candelario, 2026
ConceptoValor 2026
Coeficiente máximo (mejor categoría de calle)1
Coeficiente mínimo1

Un coeficiente de 1,00 significa que el municipio no modula la cuota de tarifa por la ubicación del local.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el IBI en Candelario?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Candelario es del 0,80 % para 2026, según los tipos que el Ayuntamiento comunica al Ministerio de Hacienda. El recibo se obtiene aplicando ese tipo al valor catastral del inmueble: una vivienda con 60.000 € de valor catastral paga alrededor de 480 € al año, antes de bonificaciones.

¿Cuánto cuesta el impuesto de circulación en Candelario?

El IVTM de un turismo de entre 8 y 11,99 caballos fiscales —el tramo más habitual en el parque español— cuesta 43 € al año en Candelario para 2026. La cuota depende de la potencia fiscal del vehículo, no de su valor ni de su antigüedad.

¿Qué se paga por hacer una obra en Candelario?

El ICIO en Candelario es del 2,40 % sobre el coste real y efectivo de la obra (2026). A eso se suma la tasa municipal por licencia urbanística, que es un tributo distinto y lo fija cada ordenanza.

¿Qué impuestos municipales se pagan en Candelario?

Los tributos municipales de Candelario son el IBI sobre los inmuebles, el IVTM o impuesto de circulación sobre los vehículos, la plusvalía municipal (IIVTNU) al transmitir un inmueble urbano, el ICIO al construir y el IAE, que solo pagan las empresas con cifra de negocios igual o superior a un millón de euros.

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