Impuestos municipales en Torremocha de Jarama
Madrid · Comunidad de Madrid · 1.157 hab. · código INE 28153
El IBI urbano en Torremocha de Jarama se cobra al 0,60 % del valor catastral en 2026. Una vivienda con un valor catastral de 60.000 € paga en torno a 360 € al año antes de bonificaciones. Está 0,09 puntos por encima de la media de los municipios de Madrid (0,51 %), lo que sobre esos mismos 60.000 € de valor catastral son 54 € al año de diferencia. En el conjunto de Madrid ocupa el puesto 33 de 171 por tipo del IBI, de mayor a menor: hay 32 municipios que cobran más y 138 que cobran menos.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Torremocha de Jarama
El IBI grava la titularidad o el usufructo de un inmueble y lo cobra el Ayuntamiento una vez al año. El tipo se aplica sobre el valor catastral, no sobre el precio de mercado. La ley fija la horquilla: entre el 0,4 % y el 1,1 % en urbanos y entre el 0,3 % y el 0,9 % en rústicos, ampliable en municipios que prestan más servicios o que han revisado sus valores catastrales.
| Naturaleza del inmueble | Tipo 2026 | Cuota con VC de 60.000 € |
|---|---|---|
| Urbano | 0,60 % | 360 € |
| Rústico | 1,05 % | 630 € |
| Características especiales | 1,30 % | 780 € |
La cuota de la tercera columna es el resultado de aplicar el tipo a un valor catastral de 60.000 €, elegido como referencia común para poder comparar municipios. No incluye bonificaciones (familia numerosa, VPO, autoconsumo eléctrico) ni recargos por inmueble desocupado, que fija cada ordenanza.
Media de los municipios de Madrid: 0,51 %. Media de los 7.391 municipios de régimen común: 0,60 %. Ver el ranking completo →
Impuesto de circulación (IVTM) en Torremocha de Jarama
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica lo paga cada año quien figura como titular en el permiso de circulación a 1 de enero. La cuota depende de la potencia fiscal en caballos, de las plazas o de la carga útil según el tipo de vehículo, y nunca del valor del coche. La ley fija una cuota mínima estatal que el Ayuntamiento puede multiplicar por un coeficiente de hasta 2.
Sin dato estructurado publicado en esta ficha. Consulta la ordenanza fiscal municipal o la fuente oficial indicada por el Ayuntamiento.
Plusvalía municipal (IIVTNU) en Torremocha de Jarama
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana grava la revalorización del suelo al vender, heredar o donar un inmueble urbano. Desde el RDL 26/2021 el contribuyente elige entre el método objetivo, con coeficientes sobre el valor catastral del suelo, y la plusvalía real. Si no hubo ganancia, no hay impuesto. Calcular la plusvalía municipal por los dos métodos →
El tipo de gravamen de la plusvalía municipal de Torremocha de Jarama no consta en el portal de tipos impositivos del Ministerio de Hacienda, que dejó de recogerlo tras la reforma del RDL 26/2021. Está en la ordenanza fiscal del Ayuntamiento. El máximo legal es el 30 %.
Impuesto sobre construcciones y obras (ICIO) en Torremocha de Jarama
El ICIO se paga al hacer cualquier obra que necesite licencia urbanística: una reforma, una piscina, una vivienda nueva. La base es el coste real y efectivo de la obra, sin contar el IVA, los honorarios del proyecto ni el beneficio del contratista. El tipo máximo que permite la ley es el 4 %.
| Concepto | Tipo 2026 | Cuota en una obra de 30.000 € |
|---|---|---|
| Tipo de gravamen | 4,00 % | 1.200 € |
La cuota no incluye la tasa por licencia urbanística, que es un tributo distinto y se liquida aparte.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en Torremocha de Jarama
El IAE grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas, pero solo lo pagan los contribuyentes con una cifra de negocios igual o superior a un millón de euros: autónomos y pymes están exentos. Sobre la cuota de tarifa el municipio aplica un coeficiente de situación según la categoría de la calle, entre 0,4 y 3,8.
| Concepto | Valor 2026 |
|---|---|
| Coeficiente máximo (mejor categoría de calle) | 3.8 |
| Coeficiente mínimo | 3.7 |
Un coeficiente de 1,00 significa que el municipio no modula la cuota de tarifa por la ubicación del local.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el IBI en Torremocha de Jarama?
El tipo de gravamen del IBI urbano en Torremocha de Jarama es del 0,60 % para 2026, según los tipos que el Ayuntamiento comunica al Ministerio de Hacienda. El recibo se obtiene aplicando ese tipo al valor catastral del inmueble: una vivienda con 60.000 € de valor catastral paga alrededor de 360 € al año, antes de bonificaciones.
¿Qué se paga por hacer una obra en Torremocha de Jarama?
El ICIO en Torremocha de Jarama es del 4,00 % sobre el coste real y efectivo de la obra (2026). A eso se suma la tasa municipal por licencia urbanística, que es un tributo distinto y lo fija cada ordenanza.
¿Qué impuestos municipales se pagan en Torremocha de Jarama?
Los tributos municipales de Torremocha de Jarama son el IBI sobre los inmuebles, el IVTM o impuesto de circulación sobre los vehículos, la plusvalía municipal (IIVTNU) al transmitir un inmueble urbano, el ICIO al construir y el IAE, que solo pagan las empresas con cifra de negocios igual o superior a un millón de euros.
Otros municipios de Madrid
- IBI en Orusco de Tajuña 0,80 %
- IBI en Estremera 0,40 %
- IBI en Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias 0,52 %
- IBI en Anchuelo 0,56 %
- IBI en Titulcia 0,62 %
- IBI en Pozuelo del Rey 0,40 %
- IBI en Valdelaguna 0,61 %
- IBI en Valdemanco 0,65 %
- IBI en Santorcaz 0,52 %
- IBI en Cabanillas de la Sierra 0,60 %
- IBI en Ribatejada 0,46 %
- IBI en Valdemaqueda 0,58 %
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