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Fiscalidad del no residente en España (IRNR)

Los no residentes tributan por el IRNR sobre las rentas de fuente española: tipo general 19% (UE/EEE) o 24% para el resto, sin acceso a la escala progresiva del IRPF.

Obligaciones tributarias

ImpuestoDetalle
IRNR — tipo general24% sobre rentas obtenidas en España. 19% para residentes UE/EEE/Islandia/Noruega.
IRNR — dividendos e intereses19% con independencia del país de residencia (salvo convenio)
IRNR — plusvalías19% sobre ganancia, independientemente del plazo de tenencia
IIVTNUSi vende inmueble en España, puede estar sujeto a plusvalía municipal

Puntos clave

Comparativas

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga de impuestos un no residente por sus rentas en España?

El no residente tributa por el IRNR sobre sus rentas de fuente española, sin acceso a la escala progresiva del IRPF. El tipo general es del 24%, aunque baja al 19% para residentes en la UE o el EEE, incluidas Islandia y Noruega. Un convenio de doble imposición puede reducir el tipo o eximir determinadas rentas.

¿Qué tipo se aplica a las plusvalías de un no residente al vender un inmueble en España?

Las ganancias patrimoniales tributan al 19% sobre la ganancia, con independencia del plazo de tenencia del bien. Además, la venta de un inmueble puede estar sujeta a la plusvalía municipal (IIVTNU), que se liquida ante el ayuntamiento.

¿Cómo tributan los dividendos e intereses de un no residente?

Los dividendos e intereses de fuente española tributan al 19% con independencia del país de residencia, salvo que un convenio de doble imposición establezca un tipo inferior o la exención. En ese caso prevalece lo que diga el convenio.

¿En qué consiste la Ley Beckham para impatriados?

El régimen de impatriados, conocido como Ley Beckham, permite a quien se traslada a España tributar por el IRNR en lugar de por el IRPF durante 6 años, siempre que se cumplan las condiciones exigidas. Si se obtienen rentas sin establecimiento permanente, es obligatorio designar un representante fiscal.

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.