general
Contribución especial
Tributo cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos (art. 2.2.b LGT). Su importe no puede superar el coste de la obra o servicio. Ejemplo típico: contribución especial para financiar la urbanización de una calle cuyos propietarios colindantes se benefician directamente del incremento de valor de sus inmuebles.
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