locales
Contribuciones especiales locales
Tributo local que se exige cuando la realización de obras o establecimientos de servicios municipales produce un beneficio especial o un incremento de valor de los terrenos de los propietarios colindantes (art. 28 TRLRHL). El importe máximo es el 90% del coste de la obra, que se reparte entre los propietarios beneficiados en proporción a sus metros lineales de fachada u otros criterios objetivos. Ejemplo habitual: urbanización de una nueva calle. El Ayuntamiento puede imponer la contribución especial aunque el propietario no solicite la obra. El contribuyente puede aplazar el pago o satisfacerlo mediante cesión de terrenos. Son diferentes de las tasas porque la contraprestación es genérica, no individualizada.
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