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IBI urbano

Impuesto sobre Bienes Inmuebles que grava la titularidad de bienes inmuebles urbanos, la constitución o transmisión de derechos reales de usufructo sobre ellos o la de concesiones administrativas sobre bienes de carácter urbano (art. 60 TRLRHL). La base imponible es el valor catastral. El tipo de gravamen lo fija cada ayuntamiento dentro de los límites legales (0,4%-1,1% para bienes urbanos). Madrid aplica el 0,456%; Bilbao, el 0,75%. Hay bonificaciones obligatorias (50-90% para VPO) y potestativas (familia numerosa, eficiencia energética, bienes rústicos en municipios de escasa población). Es el impuesto local con mayor recaudación.

Términos relacionados

IBI rústicoOrdenanza fiscalValor catastral

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