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IBI rústico
Modalidad del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que grava la titularidad de bienes inmuebles rústicos (suelo agrario y forestal no urbanizable). La base imponible es el valor catastral del bien rústico, que con frecuencia es muy inferior al valor de mercado, dado que la ponencia de valores rurales no se actualiza con la misma frecuencia que la urbana. Los tipos son inferiores a los urbanos (0,3%-0,9% según el municipio). Muchos municipios rurales obtienen escasa recaudación por este impuesto al coincidir los propietarios de suelo rústico con los propios vecinos. Las zonas de regadío tienen valores catastrales superiores a las de secano.
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