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Valor catastral

Valor catastral: valor administrativo asignado a cada bien inmueble por la Direccion General del Catastro, que sirve de base imponible del IBI y del IIVTNU y como referencia para la liquidacion de otros tributos.

Cuando aplica

Se determina mediante la ponencia de valores del municipio, que fija el valor del suelo y de la construccion. Su actualizacion requiere un procedimiento de valoracion colectiva general (revision catastral) de competencia estatal, salvo las actualizaciones por coeficientes anuales aplicables mediante Ley de Presupuestos. Historicamente, el valor catastral ha sido muy inferior al valor de mercado en muchos municipios. Desde 2022 coexiste con el valor de referencia catastral (introducido por la Ley 11/2021), aplicable como base imponible minima en el ITP y el ISD.

Norma de referencia

Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (RDL 1/2004), articulos 22 a 32 sobre el valor catastral. Real Decreto 417/2006 sobre Catastro Inmobiliario. Articulo 65 TRLRHL para uso del valor catastral en el IBI.

Términos relacionados

IBI urbanoIIVTNU — Plusvalía municipalPonencia de valores catastralesValor de referencia catastral

Aplicado en

Guías y análisis de impuestosde.com donde este término aparece en contexto fiscal real.

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.