impuestosde.com
iva

Exenciones plenas y limitadas del IVA

Las exenciones plenas o 'completas' permiten al sujeto pasivo no repercutir IVA y además deducir el IVA soportado en sus compras (exportaciones, entregas intracomunitarias). Las exenciones limitadas o 'sin derecho a deducción' exoneran de repercutir IVA pero impiden deducir el soportado (servicios médicos, educativos, financieros, arrendamiento de vivienda). Las exenciones limitadas afectan a la prorrata del empresario y generan un coste fiscal implícito. Los autónomos o empresas con actividades exentas (como médicos o asesores financieros) no pueden recuperar el IVA de sus gastos.

Términos relacionados

Deducción de cuotas del IVAHecho imponible del IVARegla de prorrata del IVA

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.