impuestosde.com
iiee

Impuesto Especial sobre el Vino y Bebidas Fermentadas

Impuesto Especial sobre el Vino y Bebidas Fermentadas: impuesto especial de fabricacion que grava el vino tranquilo y espumoso, asi como otras bebidas fermentadas (sidra, vino de frutas) con un tipo impositivo de 0 euros/hectolitro desde 1993, conforme a la Ley 38/1992 de IIEE y a la Directiva 92/83/CEE.

Cuando aplica

El tipo cero no implica exencion total: existe sujecion al impuesto, con obligacion de llevanza de libros de registro, utilizacion del procedimiento de circulacion intracomunitaria con documento administrativo electronico (e-AD) y declaracion de actividad ante la AEAT. La ausencia de carga fiscal efectiva refleja la sensibilidad politica y economica del sector vitivinicola espanol y se enmarca en la posibilidad ofrecida por la Directiva comunitaria de aplicar tipo cero al vino. El vino si tributa al 21% por IVA.

Norma de referencia

Articulos 21 a 23 de la Ley 38/1992 de IIEE (LIIEE). Reglamento de los IIEE (RD 1165/1995). Directiva 92/83/CEE relativa a los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcoholicas, articulo 5 (vino).

Términos relacionados

Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas DerivadasImpuesto Especial sobre la CervezaImpuestos especiales (IIEE)

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.