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Impuesto sobre determinados servicios digitales (IDSD)

Impuesto unilateral aprobado en España por la Ley 15/2020 (DST español, en vigor desde enero 2021) que grava con un tipo del 3% los ingresos brutos obtenidos por grandes empresas digitales (grupos con facturación mundial superior a 750 M€ y 3 M€ en España) por tres tipos de servicios: publicidad en línea dirigida, servicios de intermediación en línea e intermediación en transmisión de datos de usuarios. La base imponible es el importe de las prestaciones realizadas en España. Es un impuesto indirecto, repercutible a los anunciantes y usuarios. EE.UU. amenazó con aranceles comerciales como represalia. Se prevé su sustitución cuando entre en pleno vigor el Pilar 1.

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