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Pilar 1 de la OCDE (reasignación de beneficios)

Pilar 1 de la OCDE (reasignacion de beneficios): marco acordado por la OCDE/G20 para reasignar derechos de imposicion sobre una parte de los beneficios de las mayores multinacionales (ventas consolidadas superiores a 20.000 millones de euros y rentabilidad superior al 10%) hacia los mercados donde operan, independientemente de si tienen presencia fisica.

Cuando aplica

El Pilar 1 supone revisar el concepto de nexo fiscal para la economia digital y otras industrias de servicios. Se estima que reasignara mas de 125.000 millones de dolares anuales en beneficios hacia mercados con mayor penetracion de consumidores, en detrimento de jurisdicciones de baja tributacion. Su implementacion requiere un convenio multilateral de dificil adopcion. Mientras se negocia, varios paises (incluyendo Espana) han mantenido sus impuestos digitales unilaterales, comprometiendose a retirarlos cuando el Pilar 1 entre en vigor.

Norma de referencia

Marco Inclusivo de la OCDE/G20 sobre BEPS, Pilar 1 (2021). Convenio Multilateral en negociacion. Acuerdo politico de 137 jurisdicciones de octubre de 2021. Implementacion pendiente sujeta a la ratificacion del convenio multilateral.

Términos relacionados

BEPS — Erosión de Bases y Traslado de BeneficiosConvenio para evitar la doble imposiciónImpuesto sobre determinados servicios digitales (IDSD)

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.