procedimiento
Prescripción tributaria
Extinción de los derechos y acciones tributarios por el transcurso del tiempo sin ejercitarlos (art. 66 LGT). En España, el plazo general de prescripción tributaria es de cuatro años para: el derecho de la Administración a liquidar, a exigir el pago, a imponer sanciones; y el derecho del contribuyente a solicitar devoluciones. El plazo se computa desde el día siguiente al que finaliza el plazo voluntario de declaración. Se interrumpe por cualquier acción de la Administración o del contribuyente (notificaciones, recursos, pagos). La prescripción ganada no puede ser recuperada por la Administración, ni siquiera con nueva regulación legal.
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