Tributos propios autonómicos
Además de los tributos cedidos por el Estado, las comunidades autónomas pueden crear sus propios impuestos, tasas y cánones sobre materias no reservadas al Estado. A diferencia de los tributos cedidos (IRPF, ISD, ITP…), estos los diseñan y gestionan íntegramente las CCAA.
¿Qué son los tributos propios autonómicos?
Los tributos cedidos (IRPF, ISD, ITP, AJD, Patrimonio) son creados por el Estado y cedidos a las CCAA para que fijen ciertos elementos. Los tributos propios, en cambio, los crea la propia comunidad autónoma sobre materias no reservadas al Estado. Tienen menor recaudación pero son políticamente significativos porque reflejan las prioridades fiscales de cada gobierno autonómico.
ISGF: quién paga y cómo funciona
El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF) es un gravamen nacional que afecta al patrimonio neto superior a 3 millones de euros. Su diseño está vinculado al Impuesto sobre el Patrimonio: si la CCAA aplica un IP efectivo, su cuota se deduce del ISGF. Madrid y Andalucía (que bonifican el IP al 100%) son las regiones donde el ISGF tiene mayor impacto real.
Fuentes: BOE, ATC Cataluña, ATIB Baleares. Datos verificados directamente contra el texto de la norma. ← Volver a impuestos