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Impuestos municipales en Martín del Río

Teruel · Aragón · 367 hab. · código INE 44144

El IBI urbano en Martín del Río se cobra al 0,78 % del valor catastral en 2026. Una vivienda con un valor catastral de 60.000 € paga en torno a 468 al año antes de bonificaciones. Está 0,21 puntos por encima de la media de los municipios de Teruel (0,57 %), lo que sobre esos mismos 60.000 € de valor catastral son 127 € al año de diferencia. En el conjunto de Teruel ocupa el puesto 12 de 236 por tipo del IBI, de mayor a menor: hay 11 municipios que cobran más y 224 que cobran menos.

IBI urbano 2026
0,78 %
sobre el valor catastral
Recibo orientativo
468
valor catastral 60.000
IVTM turismo 8-11,99 CV
52
cuota anual 2026
ICIO 2026
3,19 %
sobre el coste de la obra

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Martín del Río

El IBI grava la titularidad o el usufructo de un inmueble y lo cobra el Ayuntamiento una vez al año. El tipo se aplica sobre el valor catastral, no sobre el precio de mercado. La ley fija la horquilla: entre el 0,4 % y el 1,1 % en urbanos y entre el 0,3 % y el 0,9 % en rústicos, ampliable en municipios que prestan más servicios o que han revisado sus valores catastrales.

Tipos de gravamen del IBI en Martín del Río, ejercicio 2026
Naturaleza del inmuebleTipo 2026Cuota con VC de 60.000
Urbano0,78 %468
Rústico0,58 %348
Características especiales0,60 %360

La cuota de la tercera columna es el resultado de aplicar el tipo a un valor catastral de 60.000 €, elegido como referencia común para poder comparar municipios. No incluye bonificaciones (familia numerosa, VPO, autoconsumo eléctrico) ni recargos por inmueble desocupado, que fija cada ordenanza.

Media de los municipios de Teruel: 0,57 %. Media de los 7.391 municipios de régimen común: 0,60 %. Ver el ranking completo →

Impuesto de circulación (IVTM) en Martín del Río

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica lo paga cada año quien figura como titular en el permiso de circulación a 1 de enero. La cuota depende de la potencia fiscal en caballos, de las plazas o de la carga útil según el tipo de vehículo, y nunca del valor del coche. La ley fija una cuota mínima estatal que el Ayuntamiento puede multiplicar por un coeficiente de hasta 2.

Cuotas anuales del IVTM en Martín del Río, ejercicio 2026
VehículoCuota anual 2026
Turismos
Menos de 8 caballos fiscales19
De 8 a 11,99 caballos fiscales52
De 12 a 15,99 caballos fiscales109
De 16 a 19,99 caballos fiscales136
De 20 caballos fiscales en adelante170
Ciclomotores y motocicletas
Ciclomotores7
Motocicletas hasta 125 cc7
Motocicletas de 125 a 250 cc12
Motocicletas de 250 a 500 cc23
Motocicletas de 500 a 1.000 cc46
Motocicletas de más de 1.000 cc92
Camiones
Menos de 1.000 kg de carga útil64
De 1.000 a 2.999 kg127
De 2.999 a 9.999 kg180
Más de 9.999 kg248
Autobuses
Menos de 21 plazas127
De 21 a 50 plazas180
Más de 50 plazas225
Tractores
Menos de 16 caballos fiscales27
De 16 a 25 caballos fiscales45
Más de 25 caballos fiscales133
Remolques y semirremolques
De 750 a 1.000 kg de carga útil27
De 1.000 a 2.999 kg45
Más de 2.999 kg92

Cuotas anuales íntegras del ejercicio 2026, sin bonificaciones. Muchos ayuntamientos bonifican los vehículos históricos, los eléctricos y los de más de 25 años; la bonificación concreta está en la ordenanza fiscal del municipio.

Plusvalía municipal (IIVTNU) en Martín del Río

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana grava la revalorización del suelo al vender, heredar o donar un inmueble urbano. Desde el RDL 26/2021 el contribuyente elige entre el método objetivo, con coeficientes sobre el valor catastral del suelo, y la plusvalía real. Si no hubo ganancia, no hay impuesto. Calcular la plusvalía municipal por los dos métodos →

El tipo de gravamen de la plusvalía municipal de Martín del Río no consta en el portal de tipos impositivos del Ministerio de Hacienda, que dejó de recogerlo tras la reforma del RDL 26/2021. Está en la ordenanza fiscal del Ayuntamiento. El máximo legal es el 30 %.

Impuesto sobre construcciones y obras (ICIO) en Martín del Río

El ICIO se paga al hacer cualquier obra que necesite licencia urbanística: una reforma, una piscina, una vivienda nueva. La base es el coste real y efectivo de la obra, sin contar el IVA, los honorarios del proyecto ni el beneficio del contratista. El tipo máximo que permite la ley es el 4 %.

Tipo del ICIO en Martín del Río, ejercicio 2026
ConceptoTipo 2026Cuota en una obra de 30.000 €
Tipo de gravamen3,19 %957

La cuota no incluye la tasa por licencia urbanística, que es un tributo distinto y se liquida aparte.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en Martín del Río

El IAE grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas, pero solo lo pagan los contribuyentes con una cifra de negocios igual o superior a un millón de euros: autónomos y pymes están exentos. Sobre la cuota de tarifa el municipio aplica un coeficiente de situación según la categoría de la calle, entre 0,4 y 3,8.

Coeficientes de situación del IAE en Martín del Río, 2026
ConceptoValor 2026
Coeficiente máximo (mejor categoría de calle)1.08
Coeficiente mínimo1.08

Un coeficiente de 1,00 significa que el municipio no modula la cuota de tarifa por la ubicación del local.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el IBI en Martín del Río?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Martín del Río es del 0,78 % para 2026, según los tipos que el Ayuntamiento comunica al Ministerio de Hacienda. El recibo se obtiene aplicando ese tipo al valor catastral del inmueble: una vivienda con 60.000 € de valor catastral paga alrededor de 468 € al año, antes de bonificaciones.

¿Cuánto cuesta el impuesto de circulación en Martín del Río?

El IVTM de un turismo de entre 8 y 11,99 caballos fiscales —el tramo más habitual en el parque español— cuesta 52 € al año en Martín del Río para 2026. La cuota depende de la potencia fiscal del vehículo, no de su valor ni de su antigüedad.

¿Qué se paga por hacer una obra en Martín del Río?

El ICIO en Martín del Río es del 3,19 % sobre el coste real y efectivo de la obra (2026). A eso se suma la tasa municipal por licencia urbanística, que es un tributo distinto y lo fija cada ordenanza.

¿Qué impuestos municipales se pagan en Martín del Río?

Los tributos municipales de Martín del Río son el IBI sobre los inmuebles, el IVTM o impuesto de circulación sobre los vehículos, la plusvalía municipal (IIVTNU) al transmitir un inmueble urbano, el ICIO al construir y el IAE, que solo pagan las empresas con cifra de negocios igual o superior a un millón de euros.

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