Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
Impuesto · — · desde 2022
Base imponible y sujeto pasivo
Hecho imponible: Patrimonio neto de personas físicas residente en España superior a 3.000.000 € (coincide con la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio). Mínimo exento: 700.000 €.
Sujeto pasivo: Personas físicas con residencia habitual en España cuyo patrimonio neto supere 3.000.000 €.
Tipo y tarifa
| Desde | Hasta | Tipo |
|---|---|---|
| 0 | 3000000 | 0 |
| 3000000 | 5347998.03 | 1.7 |
| 5347998.03 | 10695996.06 | 2.1 |
| 10695996.06 | en adelante | 3.5 |
Norma y vigencia
Regulado por: Ley 38/2022, de 27 de diciembre (BOE-A-2022-22684). En vigor desde 2022.
Tributos propios relacionados
Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.