Impost sobre les estades en establiments d'allotjament turístic
Impuesto · Cataluña · desde 2012
Base imponible y sujeto pasivo
Hecho imponible: Cada pernoctación de turista en establecimiento de alojamiento turístico en Cataluña (hoteles, apartamentos turísticos, albergues, cruceros).
Sujeto pasivo: El viajero (persona que pernocta). El establecimiento actúa como sustituto del contribuyente, repercutiendo el importe en la factura.
Tipo y tarifa
{
"tipo": "por_pernoctacion",
"unidad": "eur_por_pernoctacion",
"vigencia_desde": "2026-04-01",
"nota": "Tarifas vigentes desde 1 abril 2026 (Ley 2/2026). Barcelona aplica además un recargo municipal de hasta 5 €/noche. Máximo 7 noches consecutivas. Exentos: menores 16 años, causas de salud.",
"tarifas_resto_cataluna": [
{
"categoria": "Hoteles y establecimientos 5 estrellas",
"tarifa_eur": 4.5
},
{
"categoria": "Hoteles y establecimientos 4 estrellas",
"tarifa_eur": 1.8
},
{
"categoria": "Apartamentos turísticos",
"tarifa_eur": 1.75
},
{
"categoria": "Albergues, hostales y otros",
"tarifa_eur": 0.8
},
{
"categoria": "Barcos de crucero (>12 horas en puerto)",
"tarifa_eur": 4
}
],
"tarifas_barcelona": [
{
"categoria": "Hoteles y establecimientos 5 estrellas",
"tarifa_base_eur": 7,
"recargo_max_eur": 5
},
{
"categoria": "Hoteles y establecimientos 4 estrellas",
"tarifa_base_eur": 3.4,
"recargo_max_eur": 5
},
{
"categoria": "Apartamentos turísticos",
"tarifa_base_eur": 4.5,
"recargo_max_eur": 5
},
{
"categoria": "Albergues, hostales y otros",
"tarifa_base_eur": 1,
"recargo_max_eur": 5
},
{
"categoria": "Barcos de crucero (>12 horas en puerto)",
"tarifa_base_eur": 4,
"recargo_max_eur": 5
}
]
}Norma y vigencia
Regulado por: Ley 2/2026, de 6 de marzo (DOGC 9621 / BOE-A-2026-6642). En vigor desde 2012.
Comunidad autónoma que lo aplica
Perfil fiscal
Cataluña →
Tributos propios relacionados
Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.