impuestosde.com
general

Deuda tributaria

Importe total que el obligado tributario debe ingresar a la Hacienda Pública. Incluye la cuota tributaria, los recargos exigibles legalmente, los intereses de demora y, en su caso, las sanciones tributarias (art. 58 LGT). La deuda tributaria puede extinguirse por pago, prescripción, compensación, condonación o insolvencia probada del deudor. El periodo voluntario de pago arranca desde la notificación de la liquidación o desde el fin del plazo de presentación de la autoliquidación y dura normalmente hasta la fecha señalada en el calendario fiscal.

Términos relacionados

Cuota líquidaPrescripción tributariaRecargo por presentación extemporánea

Aplicado en

Guías y análisis de impuestosde.com donde este término aparece en contexto fiscal real.

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.