Modelos trimestrales del autónomo: 130, 131, 303, 349 y 390
Los autónomos y pymes deben presentar varios modelos fiscales trimestrales y anuales. Esta guía explica qué es cada uno y cuándo presentarlo.
Gestionar la fiscalidad de un autónomo implica cumplir con obligaciones trimestrales y anuales. Conocer qué modelo corresponde a cada impuesto y en qué plazo presentarlo evita sanciones y simplifica la gestión.
Calendario fiscal trimestral (fechas habituales)
| Trimestre | Período | Plazo |
|---|---|---|
| 1.er trimestre | Enero-marzo | Hasta el 20 de abril |
| 2.º trimestre | Abril-junio | Hasta el 20 de julio |
| 3.er trimestre | Julio-septiembre | Hasta el 20 de octubre |
| 4.º trimestre | Octubre-diciembre | Hasta el 30 de enero del año siguiente |
Modelo 130: pagos fraccionados del IRPF (estimación directa)
Para autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Se ingresa el 20% del rendimiento neto positivo acumulado del año hasta el trimestre, menos los pagos fraccionados ya realizados y las retenciones ya soportadas.
Si el rendimiento es negativo o nulo, se presenta igualmente pero con cuota 0. La presentación es obligatoria aunque no haya nada que pagar.
Modelo 131: pagos fraccionados IRPF (estimación objetiva / módulos)
Para autónomos en módulos. La cuota es el resultado de aplicar el porcentaje previsto en la Orden ministerial de módulos a los índices de la actividad (empleados, superficie, potencia eléctrica, etc.). No depende del beneficio real, sino de parámetros objetivos.
Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA
El modelo más importante para cualquier autónomo en régimen general de IVA. Se declara:
- IVA repercutido: suma de las bases imponibles y cuotas de las facturas emitidas en el trimestre.
- IVA soportado deducible: suma de las bases y cuotas de facturas recibidas.
- Resultado: positivo = a ingresar; negativo = a compensar.
Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias
Solo para autónomos inscritos en el ROI que realizan operaciones con empresas de otros países de la UE. Se declara el importe de las entregas y adquisiciones intracomunitarias. La periodicidad puede ser mensual, trimestral o anual según el volumen de operaciones.
Modelo 390: resumen anual del IVA
Declaración informativa anual que resume el total del IVA repercutido y deducido durante el año. Se presenta en enero del año siguiente. No implica ningún ingreso adicional: es solo informativa. Los inscritos en el SII están exonerados de presentar el 390.
Modelo 100: declaración anual del IRPF
Aunque no es trimestral, es la declaración de la renta que los autónomos presentan en la campaña de primavera, regularizando los pagos fraccionados realizados durante el año.
Fuente: AEAT, reglamentos IRPF e IVA. Estimación informativa, no vinculante. Consulta a un asesor fiscal para tu caso particular.
Aviso: Esta información tiene carácter puramente informativo y descriptivo. No constituye asesoramiento fiscal. Para cualquier decisión económica, consulte a un profesional. Fuentes oficiales: Boletín Oficial del Estado / Autonómico.
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