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IVA para autónomos y pymes: lo esencial

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IVA para autónomos y pymes: lo esencial

Si eres autónomo o tienes una pequeña empresa, el IVA no es un gasto sino un cobro en depósito. Esta guía explica el ciclo completo del IVA empresarial.

Borja Cifuentes
Borja Cifuentes
Editor ·

El IVA es el tributo que más interacciones genera para autónomos y pymes: hay que repercutirlo en cada factura emitida, deducirlo en cada compra y liquidarlo trimestralmente. Entender su mecánica es fundamental para gestionar correctamente la tesorería del negocio.

Principio básico: el IVA no es un gasto tuyo

El autónomo actúa como recaudador del IVA entre el consumidor y Hacienda. El IVA que cobras a tus clientes no es un ingreso tuyo: lo guardas hasta liquidarlo. De la misma manera, el IVA que pagas a tus proveedores en sus facturas lo recuperas deduciéndolo de lo que debes ingresar. Así, el IVA es económicamente neutro para el empresario: solo lo soporta el consumidor final.

Tipos de IVA aplicables en España (2025)

  • General (21%): la mayoría de bienes y servicios.
  • Reducido (10%): alimentos sin tipo superreducido, hostelería y restauración, transporte de viajeros, vivienda nueva, entradas a espectáculos, medicamentos veterinarios.
  • Superreducido (4%): pan, leche, huevos, hortalizas frescas, frutas frescas, legumbres, cereales, libros, prensa, medicamentos de uso humano, vivienda de protección oficial.

Qué IVA puedes deducir

Solo puedes deducir el IVA soportado en bienes y servicios afectos a tu actividad empresarial. Son requisitos:

  • Tener factura (no vale el ticket).
  • El bien o servicio debe estar relacionado con la actividad.
  • La operación no debe estar exenta de IVA.

Casos especiales:

  • Vehículos: se puede deducir el 50% del IVA del vehículo y sus gastos asociados (combustible, reparaciones), salvo que puedas acreditar un uso exclusivamente profesional.
  • Comidas y restaurantes: el IVA de comidas de trabajo no es deducible en el IVA (aunque sí en parte en el IRPF). Excepción: si la comida es parte de una actividad de hostelería.
  • Móvil y teléfono: deducible al 100% si el uso es exclusivamente profesional; con dificultad si es uso mixto.

El ciclo trimestral del IVA

Cada trimestre (abril, julio, octubre y enero del año siguiente) debes presentar el modelo 303 con:

  • IVA repercutido: suma del IVA de todas las facturas emitidas en el trimestre.
  • IVA soportado deducible: suma del IVA de todas las facturas recibidas en el trimestre.
  • Resultado: si el repercutido supera al soportado, ingresas la diferencia. Si no, acumulas saldo a compensar o solicitas devolución al cierre del ejercicio.

Cuándo no hay IVA: actividades exentas

Algunos profesionales no cobran IVA en sus facturas porque su actividad está exenta: médicos, dentistas, psicólogos, fisioterapeutas (servicios sanitarios), profesores en centros educativos reglados (educación), arrendamiento de vivienda. La exención no es una ventaja: significa que no puedes deducir el IVA de tus gastos, lo que genera un coste implícito.

Fuente: Ley 37/1992 LIVA. Estimación informativa, no vinculante. Consulta a un asesor fiscal para tu caso particular.

Preguntas frecuentes

¿El IVA que cobro en mis facturas es un ingreso mío?

No. El IVA que repercutes a tus clientes no te pertenece: actúas como recaudador entre el consumidor y Hacienda, y lo guardas hasta liquidarlo cada trimestre. A la vez, recuperas el IVA que pagas a tus proveedores deduciéndolo. Por eso el IVA es económicamente neutro para el empresario: quien realmente lo soporta es el consumidor final.

¿Qué tipos de IVA existen en España?

En 2025 hay tres tipos. El general del 21% se aplica a la mayoría de bienes y servicios. El reducido del 10% cubre, entre otros, hostelería y restauración, transporte de viajeros o vivienda nueva. El superreducido del 4% se reserva a productos de primera necesidad como pan, leche, huevos, frutas y hortalizas frescas, libros, prensa y medicamentos de uso humano.

¿Puedo deducir el IVA del coche que uso en mi negocio?

Con carácter general puedes deducir el 50% del IVA del vehículo y de gastos asociados como combustible o reparaciones. Para deducir el 100% tendrías que acreditar un uso exclusivamente profesional del vehículo. Recuerda que siempre necesitas factura completa, no basta con el ticket, y que el bien debe estar afecto a tu actividad y no tratarse de una operación exenta.

¿Es deducible el IVA de las comidas y restaurantes?

El IVA de las comidas de trabajo no es deducible en el IVA, aunque parte del gasto sí puede computar en el IRPF. La excepción es cuando la comida forma parte de tu propia actividad de hostelería. En general, para deducir cualquier IVA soportado necesitas factura, que el gasto esté relacionado con la actividad y que la operación no esté exenta.

¿Cada cuánto tengo que presentar el IVA?

El IVA se liquida trimestralmente con el modelo 303, que se presenta en abril, julio, octubre y enero del año siguiente. En él declaras el IVA repercutido en tus facturas emitidas y el soportado deducible de tus compras. Si el repercutido supera al soportado, ingresas la diferencia; si no, acumulas saldo a compensar o pides la devolución al cierre del ejercicio.

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Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.