IVTM: el impuesto del coche por municipio
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica lo cobra tu Ayuntamiento cada año por tener un coche matriculado. Las tarifas varían hasta el doble entre municipios.
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un tributo local que paga el titular de cualquier vehículo apto para circular por vías públicas. Es uno de los pocos impuestos directos de titularidad municipal.
¿Quién paga el IVTM?
El propietario del vehículo a 1 de enero de cada año, fecha de devengo del impuesto. Si vendes el coche en marzo, tú pagas el IVTM de todo ese año (aunque es habitual pactar el prorrateo con el comprador en el contrato privado). Si compras el coche en julio, el vendedor habrá pagado el IVTM de ese año.
¿Qué vehículos están exentos?
- Vehículos de las Administraciones Públicas y organismos autónomos.
- Ambulancias y vehículos sanitarios.
- Vehículos para personas con movilidad reducida (PMR) y matriculados a nombre de personas con discapacidad del 33% o más (limitado a un vehículo por titular).
- Autobuses, microbuses y demás vehículos de transporte colectivo de viajeros con más de 9 plazas.
- Tractores y maquinaria agrícola matriculados como tales.
- Vehículos históricos (más de 25 años, según muchas ordenanzas municipales).
- Vehículos eléctricos: muchos Ayuntamientos aplican bonificaciones del 75-100%.
Cómo se calcula la cuota
La cuota depende de la potencia fiscal del vehículo (CV fiscales), con tarifas mínimas estatales. Ejemplo de tarifas base (sin coeficiente municipal):
- Hasta 7 CV fiscales: 25,24 €/año.
- De 7,99 a 11,99 CV: 68,20 €/año.
- De 12 a 13,99 CV: 143,88 €/año.
- De 14 a 15,99 CV: 179,22 €/año.
- 16 o más CV: 224,00 €/año.
Los Ayuntamientos pueden aplicar un coeficiente multiplicador de hasta 2. Un municipio que aplique el coeficiente máximo cobra el doble que las tarifas mínimas.
¿Cómo sé cuánto paga mi municipio?
Consulta la ordenanza fiscal municipal de tu Ayuntamiento (publicada en el boletín oficial de la provincia) o accede a la sede electrónica municipal. La potencia fiscal de tu vehículo consta en el permiso de circulación.
Fuente: RDLeg 2/2004, arts. 92-99. Estimación informativa. Consulta a un profesional para tu caso particular.
Aviso: Esta información tiene carácter puramente informativo y descriptivo. No constituye asesoramiento fiscal. Para cualquier decisión económica, consulte a un profesional. Fuentes oficiales: Boletín Oficial del Estado / Autonómico.
Guías relacionadas
El IBI: cómo se calcula y por qué varía tanto entre municipios
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles lo fija cada Ayuntamiento dentro de unos límites. El mismo piso e...
IAE: quién lo paga y cuánto
El Impuesto sobre Actividades Económicas solo lo pagan las empresas con facturación superior a 1 mil...
ICIO en obras: cuánto se paga al Ayuntamiento
Cualquier obra que necesite licencia de obras municipal está sujeta al ICIO, con un tipo máximo del ...
Plusvalía municipal (IIVTNU) tras la sentencia del Tribunal Constitucional
La STC 182/2021 anuló el anterior sistema de cálculo. Desde 2021 puedes elegir entre el método objet...