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Impuesto sobre el Patrimonio por comunidad 2025

Mínimo exento, bonificación y escala del Impuesto sobre el Patrimonio por CCAA. Madrid, Andalucía, Cantabria y La Rioja lo bonifican al 100%.

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Bonificación sobre la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio por CCAA (%)

CCAAMínimo exento (€)Bonificación (%)
Andalucía700.000
Aragón700.0000 %
Asturias700.0000 %
Baleares3.000.0000 %
Canarias700.0000 %
Cantabria700.000
Castilla y León700.0000 %
Castilla-La Mancha700.0000 %
Cataluña500.0000 %
Comunidad Valenciana1.000.0000 %
Extremadura500.000100 %
Galicia700.00050 %
Comunidad de Madrid700.000
Murcia700.000
Navarra550.000
País Vasco700.000
La Rioja700.000

Madrid, Andalucía, Cantabria y La Rioja aplican bonificación del 100% (impuesto neutralizado) o equivalente mediante el ITSGF (Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas). Vigentes 2025.

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Preguntas frecuentes

¿Quién paga el Impuesto sobre el Patrimonio?

En 2025 están obligados a declarar las personas físicas con patrimonio neto superior a 700.000 € (mínimo exento estatal) o con cuota positiva. Sin embargo, en Madrid, Andalucía, Cantabria y La Rioja, la bonificación del 100% elimina la cuota efectiva. Desde 2023 existe además el ITSGF (Impuesto Solidaridad Grandes Fortunas) que complementa al IP en estas CCAA.

¿Cuál es el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio?

El mínimo exento estatal es de 700.000 €. La CCAA puede modificarlo: Madrid lo fija en 700.000 €, Cataluña en 500.000 €, y algunas CCAA lo han elevado a 800.000 €. Además, la vivienda habitual tiene un mínimo exento específico de hasta 300.000 €.

Datos verificados contra fuentes oficiales (BOE, AEAT, Ministerio de Hacienda). Última revisión: . Las cifras tributarias pueden cambiar por ley de Presupuestos Generales o normativa autonómica. Consulta siempre la norma vigente antes de tomar decisiones fiscales.